La Incapacidad Permanente Total (IPT) tiene un impacto en la vida laboral y económica de una persona, debido a que el trabajador se encuentra inhabilitado para la realización de sus tareas habituales.
¿Quiere conocer qué ayudas del SEPE son compatibles con la Incapacidad Permanente Total?
Resuelva sus dudas con la ayuda de abogados expertos.
Es por ello que, quienes se encuentran en esta situación de incapacidad, reciben una pensión ante su condición. Se trata de una prestación económica diseñada por la Seguridad Social que brinda soporte a aquellos trabajadores que se encuentran en esa situación.
Hay varios tipos de incapacidad, entre ellas, la que se conoce como Incapacidad Permanente Total (IPT). Ante una situación de este tipo, que puede ser difícil de sobrellevar, se pueden solicitar diversas ayudas destinadas a proporcionar apoyo y asistencia, además de la pensión por IPT. Existen actualmente cuatro subsidios compatibles.
A continuación repasamos cuáles son, las cuantías otorgadas y los requisitos necesarios para su obtención. Sigue leyendo Ayuda-Social.es y entérate de todo lo que debes saber acerca de otras asistencias complementarias a la IPT.
Pensión por Incapacidad Permanente Total
La pensión por Incapacidad Permanente Total es una prestación económica proporcionada por la Seguridad Social. Es otorgada a aquellas personas que, debido a una enfermedad o accidente, han visto reducida su capacidad laboral de forma definitiva, impidiéndoles desempeñar su profesión habitual pero permitiéndoles trabajar en otras actividades.
De hecho, nos han explicado desde UTN – Tax & Legal que «esta prestación es compatible con la realización de cualquier trabajo, ya sea por cuenta propia o ajena, salvo que se realicen funciones que coincidan con aquellas que dieron lugar a la incapacidad permanente».
Cuantías por Incapacidad Permanente Total
La cuantía de la pensión depende de la base reguladora del trabajador y del porcentaje aplicable. Desde UTN – Tax & Legal sostuvieron que «la prestación de IPT consiste en una pensión, cuya cuantía es igual al 55 % de la base reguladora -el cálculo de la base reguladora varía en función de la causa de la que se derive».
En ese sentido, desde el despacho indicaron que: «Esta pensión se puede incrementar en un 20 % más para los mayores de 55 años, esto es, pasarían a percibir un 75 % de la base reguladora, cuando por su falta de preparación y por las circunstancias sociales y laborales del lugar de residencia se presuma la dificultad de obtener empleo en actividad distinta de la habitual, lo cual se denomina incapacidad permanente total cualificada«.
Qué ayudas son compatibles con la Incapacidad Permanente Total
En un principio eran seis los subsidios que se podían en simultáneo con la Incapacidad Permanente Total. A raíz del RD-Ley 2/2024, dos de ellos se vieron suprimidos. Es importante destacar que, cuando una persona alcanza esta condición no puede cumplir con sus responsabilidades habituales en el trabajo, pero sí desempeñar otros puestos. Esto habilita alguna de las ayudas compatibles. Todos los subsidios dependen del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE).
1. Subsidio por desempleo con responsabilidades familiares
El subsidio por desempleo con cargas familiares (también conocido como ayuda familiar) es una asistencia dirigida a personas que carecen de ingresos suficientes para cubrir sus necesidades y las de su familia y que no pueden percibir la prestación contributiva por desempleo porque la han agotado.
Lo que cambia es la extensión de la duración del subsidio por desempleo cuando existen cargas familiares ya sea un beneficiario menor de 45 años o mayor de 45 años.
2. Subsidio por insuficiencia de cotización
El subsidio por insuficiencia de cotización está diseñado para aquellos que, al alcanzar la Incapacidad Permanente Total, no cumplen con los requisitos necesarios para acceder a una pensión contributiva.
Es un subsidio por desempleo que perciben, como dice su nombre, quienes no han cotizado lo suficiente para acceder al paro. Para cobrarlo se requiere presentar la documentación médica y cumplir con los requisitos de carencia de cotización.
3 y 4. Subsidio para mayores de 45 y 52 años
Existen subsidios específicos para personas mayores de 45 y 52 años que se encuentran en situación de desempleo y, además, tienen reconocida la Incapacidad Permanente Total. Estos subsidios buscan proporcionar apoyo financiero a aquellos que enfrentan mayores dificultades para reincorporarse al mercado laboral.
Para acceder a ellos, se deben cumplir con requisitos específicos de edad, situación laboral y documentación médica:
- En el caso de 45 años, deben ser trabajadores desempleados que no tengan cargas familiares y se puede recibir hasta por seis meses (ver más aquí).
- En cambio, quienes tengan más de 52 años deberán tener 15 años al menos cotizados, de los cuales seis deben ser en régimen general. Se puede recibir el subsidio hasta que la persona encuentre trabajo o llegue a la edad de jubilación (ver más aquí).
Subsidios eliminados con el Real Decreto-ley 2/2024
Tanto la Renta Activa de Inserción (RAI) como el Subsidio Extraordinario por Desempleo (SED) han sido eliminados de acuerdo al Real Decreto Ley 2/2004.
¿Cómo acceder al cobro de los subsidios?
La solicitud de ayudas complementarias para personas que sufren una Incapacidad Permanente Total en España implica seguir un proceso específico para cada subsidio. Presentamos una guía general que abarca los pasos comunes para acceder a estas ayudas:
- Cita previa en el SEPE: se recomienda solicitar una cita para ser atendido en una oficina de prestación.
- Reunir la documentación necesaria: es fundamental una identificación y un informe médico que respalde la incapacidad.
- Completar la solicitud: el interesado debe rellenar el formulario de solicitud correspondiente, proporcionando la información personal y detallando la situación médica y laboral. Es importante adjuntar todos los documentos necesarios según la ayuda solicitada.
- Seguimiento y evaluación: hay que mantenerse informado sobre el estado de la solicitud.
- Resolución: una vez evaluada la solicitud, se emitirá una resolución indicando si la ayuda ha sido concedida. En caso afirmativo, se proporcionarán detalles sobre la cuantía y los plazos de percepción.
Incapacidad permanente total cualificada
Como se mencionó anteriormente, la incapacidad permanente total cualificada se produce cuando se aumenta un 20 % la cuantía de la pensión. Esto sucede cuando un trabajador, debido a su falta de preparación y a las condiciones sociales y laborales de su lugar de residencia, tiene dificultades para conseguir empleo en una actividad distinta a la habitual.
Desde el estudio UTN – Tax & Legal nos explicaron que «este incremento del 20 %, es incompatible con la realización de cualquier trabajo por cuenta propia o ajena y con las prestaciones de la Seguridad Social que puedan derivarse de dichos trabajos».
Y al respecto ejemplificaron «como son la prestación por incapacidad temporal, la prestación por nacimiento y cuidado de menor o las prestaciones por desempleo».
CONSULTA CON UN EXPERTO
Nuestro Servicio de Asesoría Profesional
Le ponemos en contacto con un equipo de abogados y trabajadores sociales a su disposición para resolver sus preguntas. Sesión de 30 min por solo 35€.
¡No espere más, obtenga respuestas hoy mismo!
Preguntas frecuentes
¿Qué cuantía puedo recibir con el subsidio por desempleo con responsabilidades familiares?
La asistencia ha variado en conformidad al nuevo Real Decreto Ley 2/2024. Leer más aquí.
¿Qué requisitos debo cumplir si soy mayor de 52 años y quiero solicitar un subsidio con la Incapacidad Permanente Total?
Quienes tengan más de 52 años deberán tener 15 años al menos cotizados, de los cuales seis deben ser en régimen general. Leer más aquí.
¿La pensión se puede incrementar en un 20 % más para los mayores de 55 años?
Aquellos con más de 55 años podrán acceder a la incapacidad permanente total cualificada y recibir una cuantía del 75 %. Leer más aquí.
Ahora ya sabes
Los subsidios compatibles con la Incapacidad Permanente Total son variados y van más allá de las pensiones tradicionales. Esta prestación es compatible con la realización de cualquier trabajo, ya sea por cuenta propia o ajena. Aunque en el último tiempo disminuyó la cantidad de subsidios que se pueden recibir en simultáneo. La cuantía de la pensión es igual al 55 % de la base reguladora, puede ampliarse hasta 75 % según el caso particular laboral.
Las ayudas buscan abordar las necesidades específicas de las personas en esta situación. Acceder a estos subsidios implica un proceso que va desde la presentación de documentación médica hasta el cumplimiento de requisitos de edad y cotización. Se recomienda consultar a las autoridades para recibir información particular sobre su caso.