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Complemento para reducir la brecha de género en la pensión: ¿de cuánto es en 2026?

Escrito por Maria Florencia G. | Actualizado el 22 de julio, 2026
Tiempo estimado de lectura: 9 minutos

Quienes sean beneficiarios de una pensión contributiva tienen la posibilidad de acceder a un complemento para la reducción de la brecha de género, que puede ser solicitado junto al trámite de solicitud de prestación por jubilación, incapacidad permanente o viudedad.

Se trata de un suplemento, como su nombre indica, para las pensiones que busca «reparar el perjuicio que han sufrido a lo largo de su carrera profesional las mujeres por asumir un papel principal en la tarea de los cuidados de los hijos».

Si bien está dirigido a las mujeres, también puede ser solicitado por hombres, aunque la solicitud se aprueba únicamente para uno de los dos progenitores. Por lo tanto, pueden acceder al beneficio mujeres y hombres que hayan tenido uno o más hijos y que sean beneficiarios de una pensión contributiva de jubilación (a excepción de la jubilación parcial), de incapacidad permanente o de viudedad.

El complemento está dirigido a las mujeres, pero también puede ser solicitado por hombres.
El complemento está dirigido a las mujeres, pero también puede ser solicitado por hombres.

A continuación profundizaremos acerca del complemento creado por el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones con el objetivo de reducir la brecha de género en las pensiones . ¿Cómo solicitarlo, cuáles son los requisitos y cuantías vigentes y cuál es la duración de la asistencia?

¿Qué es el complemento para reducir la brecha de género?

El complemento para reducir la brecha de género en las pensiones entró en vigor en febrero de 2021. Su objetivo es compensar el impacto que el nacimiento y el cuidado de los hijos puede haber tenido en la carrera profesional y, en consecuencia, en la cuantía de la pensión.

Esta medida sustituyó al antiguo complemento de maternidad por aportación demográfica, regulado anteriormente en el artículo 60 de la Ley General de la Seguridad Social.

El nuevo complemento amplió el acceso a determinados padres y modificó el sistema anterior para vincularlo de forma más directa con el perjuicio profesional sufrido por el cuidado de los hijos.

¿Quiénes pueden pedir el complemento brecha de género?

Pueden solicitarlo ambos progenitores, aunque se encuentra dirigido a las mujeres, que sufren más en su vida laboral el impacto de tener un hijo. Sin embargo, tal como se explica de forma oficial «pueden solicitarlo también los padres siempre y cuando se hayan visto más perjudicados en la carrera laboral».

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¿Cómo solicitar el complemento para reducir la brecha de género?

El complemento para reducir la brecha de género puede solicitarse junto con la pensión contributiva de jubilación, incapacidad permanente o viudedad.

El trámite corresponde al Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS). En el caso de las personas trabajadoras incluidas en el Régimen Especial del Mar, la gestión corresponde al Instituto Social de la Marina.

La solicitud puede presentarse por estas vías:

  • Por Internet, con certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve, a través del portal de prestaciones de la Seguridad Social.
  • Por Internet, sin certificado digital, mediante la plataforma habilitada por el INSS para solicitar prestaciones y enviar documentación.
  • De forma presencial, en un Centro de Atención e Información de la Seguridad Social, con cita previa.

Al solicitar la pensión, deberá indicarse que también se pide el complemento y facilitar los datos de los hijos o hijas. La Seguridad Social puede requerir documentación adicional para comprobar que se cumplen los requisitos.

info
¿Puedo recibir el complemento brecha de género con carácter retroactivo? Sí. Tras solicitar el complemento, su tramitación puede tardar un tiempo. Cuando lo aprueben, se aplicará con efectos retroactivos, por lo que recibirás los meses que hayan quedado pendientes. La Seguridad Social lo aclara así: «Una vez aprobado el complemento, los pagos empezarán a contar desde que te concedieron tu pensión, por lo que cobrarás los atrasos».

El complemento deberá solicitarse ante la Seguridad Social (INSS)
El complemento deberá solicitarse ante la Seguridad Social (INSS)

Requisitos para solicitar el complemento para reducir la brecha de género en 2026

Para acceder al complemento es necesario cumplir los siguientes requisitos generales:

  • Tener uno o más hijos o hijas inscritos en el Registro Civil.
  • Ser beneficiario de una pensión contributiva de jubilación, incapacidad permanente o viudedad reconocida a partir del 4 de febrero de 2021.
  • Estar incluido en algún régimen del sistema de la Seguridad Social. En el caso de las personas trabajadoras del mar, la gestión corresponde al Instituto Social de la Marina.
  • No estar cobrando ya este complemento por los mismos hijos en otro régimen de la Seguridad Social. Si una persona tiene derecho al complemento por pensiones reconocidas en distintos regímenes, se abonará en aquel en el que haya acreditado más tiempo de alta.

El complemento solo puede reconocerse a uno de los dos progenitores por cada hijo o hija. Cuando ambos tienen derecho, se aplican las reglas establecidas por la Seguridad Social para determinar a cuál corresponde.

Requisitos adicionales para los hombres

Los hombres deben acreditar, además, alguna de estas situaciones:

  • Ser beneficiarios de una pensión de viudedad por el fallecimiento del otro progenitor y que alguno de los hijos en común tenga derecho a una pensión de orfandad.
  • Ser beneficiarios de una pensión contributiva de jubilación o incapacidad permanente y demostrar que el nacimiento o la adopción de los hijos afectó negativamente a su carrera profesional.

Para comprobar este perjuicio profesional, la Seguridad Social tiene en cuenta la fecha de nacimiento o adopción y la evolución de las cotizaciones del solicitante durante los periodos establecidos por la normativa.

tip
¿Te reconocieron una pensión contributiva entre el 1 de enero de 2016 y el 3 de febrero de 2021? En ese caso, podría corresponderte el antiguo complemento de maternidad por aportación demográfic a, en lugar del complemento para reducir la brecha de género.

Para acceder a él es necesario haber tenido al menos dos hijos o hijas y cumplir los requisitos aplicables al tipo de pensión reconocida. Puede solicitarse en determinados casos de jubilación, incapacidad permanente o viudedad, aunque existen exclusiones, como la jubilación parcial y la jubilación anticipada voluntaria.

Tanto las madres como los padres pueden solicitarlo si cumplen las condiciones. La Seguridad Social permite tramitar el complemento de maternidad y el complemento para reducir la brecha de género mediante el mismo servicio, aplicando el que corresponda según la fecha de reconocimiento de la pensión.

¿Cuál es la cuantía del complemento para reducir la brecha de género?

n 2026, la cuantía del complemento para reducir la brecha de género es de 36,90 euros al mes por cada hijo o hija, con un máximo de cuatro.

Por tanto, el importe mensual puede alcanzar:

  • 36,90 euros por un hijo.
  • 73,80 euros por dos hijos.
  • 110,70 euros por tres hijos.
  • 147,60 euros por cuatro o más hijos.

El complemento se abona junto con la pensión en 14 pagas al año: 12 mensualidades ordinarias y dos pagas extraordinarias, que normalmente se cobran en junio y noviembre.

¿Cuánto tardan en conceder el complemento brecha de género?

Según la Seguridad Social, el complemento para la reducción de la brecha de género no tiene un plazo específico propio, sino que se rige por el plazo general de resolución de las pensiones contributivas, que es de hasta 90 días desde la presentación de la solicitud. Una vez pasado ese tiempo, se aplica el silencio administrativo negativo, lo que permite a la persona interesada presentar una reclamación previa o acudir a la vía judicial.

note
Por consultas o dudas sugerimos llamar a los números oficiales del Instituto Nacional de la Seguridad Social al 901 16 65 65 o al 915421176.

¿Existen incompatibilidades?

Sí, una de ellas y de la cual ya hemos hecho hincapié, es que solo podrá percibirlo uno de los dos progenitores. En el supuesto de que los progenitores sean dos mujeres, se reconocerá a la que perciba pensiones públicas cuya suma sea de menor cuantía.

Si los progenitores son una mujer y un hombre, podrá percibirlo el hombre si la suma de las cuantías de sus pensiones reconocidas es inferior a la suma de las pensiones que le correspondan a la mujer. Asimismo, si los dos progenitores son hombres, se reconocerá a aquel que perciba pensiones públicas cuya suma sean de menor cuantía.

¿Cuándo se extingue el complemento?

Según la información que brinda el portal oficial de la Seguridad Social, el complemento se extingue por las mismas causas que la pensión, por ejemplo fallecimiento del perceptor, o cuando el otro progenitor lo solicite y cumpla los requisitos.

 

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El complemento para reducir la brecha de género en pensiones fue aprobado en 2021.
El complemento para reducir la brecha de género en pensiones fue aprobado en 2021.

Preguntas frecuentes

¿Cuándo se creó el complemento para reducir la brecha de género?

El complemento se aprobó en febrero de 2021 con la necesidad de «establecer una herramienta más justa y eficiente en la reducción de las diferencias de pensión entre hombres y mujeres».

¿Cómo se pide el complemento para reducir la brecha de género?

Se pide junto con el trámite de solicitud de la pensión al Instituyo Nacional de la Seguridad Social (INSS) o al Instituto Social de la Marina en el caso de trabajadores del mar, y puede recibirse con carácter retroactivo.

¿De cuánto es en 2026 el complemento para reducir la brecha de género?

El complemento para la reducción de la brecha de género de las pensiones contributivas de la Seguridad Social es de 36,90 euros mensuales.

Ahora ya sabes

El complemento para reducir la brecha de género busca compensar el perjuicio que el cuidado de los hijos puede haber causado en la carrera profesional y en la cuantía de la pensión.

Puede reconocerse junto con determinadas pensiones contributivas de jubilación, incapacidad permanente o viudedad, siempre que se cumplan los requisitos establecidos. En 2026, su importe es de 36,90 euros al mes por cada hijo o hija, con un máximo de cuatro.

Si vas a solicitar una de estas pensiones, conviene comprobar si tienes derecho al complemento y presentar la documentación necesaria junto con la solicitud.

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Maria Florencia G. Periodista
Trabajé en diversos sitios informativos y me apasiona explorar mundos nuevos. Colaboro con Ayuda-Social.es en la búsqueda de respuestas a preguntas en el universo de las ayudas, derechos y convocatorias de interés.

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