Complemento vital por dependencia de Asturias: requisitos y solicitud

Por Sebastián M.
Actualizado el 27 de junio, 2024
Tiempo estimado de lectura: 8 minutos

El Complemento vital por dependencia o discapacidad del Principado de Asturias es una ayuda económica para quienes conviven con una persona dependiente o discapacitada y no tienen suficientes recursos económicos para cubrir las necesidades básicas. 

Se trata de una prestación económica periódica, diferencial, complementaria y subsidiaria de cualquier otro tipo de recursos, derechos, rendimientos de bienes y prestaciones sociales económicas previstas en la legislación vigente.

Es una ayuda económica del 5% del valor del Salario Social Básico para quienes viven con alguien dependiente o con discapacidad.
Es una ayuda económica del 5% del valor del Salario Social Básico para quienes viven con alguien dependiente o con discapacidad.

Esta ayuda es complementaria al Salario Social Básico de Asturias, por lo que es un requisito indispensable percibir esta ayuda económica para acceder al Complemento vital por dependencia o discapacidad de Asturias. Si quieres conocer más sobre el Salario Social Básico y cómo solicitarlo puedes leer este otro artículo de Ayuda-Social.es. 

Qué es el Complemento vital por dependencia o discapacidad

El Complemento vital por dependencia o discapacidad es una prestación económica mensual destinada a las familias o unidades de convivencia con personas que tengan reconocida la situación de dependencia o discapacidad.

La finalidad de esta ayuda, según explica el Principado de Asturias en su sitio web, es “apoyar la cobertura de necesidades básicas de las personas beneficiarias del salario social básico con dependencia o discapacidad”.

Esta ayuda es solventada íntegramente por el Principado de Asturias con recursos propios.  

A quiénes está dirigido el Complemento vital por dependencia o discapacidad

Esta ayuda está dirigida a personas en riesgo de pobreza o exclusión social por insuficiencia de recursos económicos que perciban el Salario Social Básico y cuenten con personas con discapacidad o dependencia en su familia o unidad de convivencia. 

Requisitos para acceder al Complemento vital por dependencia o discapacidad 

Podrán ser titulares del Complemento vital por dependencia o discapacidad del Principado de Asturias quienes tengan reconocido el derecho a percibir el Salario Social Básico y pertenezcan a una unidad económica de convivencia o familia en la que existan una persona o personas que tengan reconocida la situación de dependencia o un grado de discapacidad igual o superior al 45%.

Para acceder al Complemento vital por dependencia o discapacidad es necesario percibir el Salario Social Básico. Por eso, a continuación compartimos sus requisitos. 

Se trata de una prestación económica periódica, diferencial, complementaria y subsidiaria de cualquier otro tipo de ingreso.
Se trata de una prestación económica periódica, diferencial, complementaria y subsidiaria de cualquier otro tipo de ingreso.

Requisitos para acceder al Salario Social Básico 

El Salario Social Básico es la versión local de la Renta Mínima de Inserción, explicada al detalle en este otro artículo de Ayuda-Social.es

La percepción del Salario Social Básico irá acompañada de la adopción de medidas de incorporación social y laboral. Esta ayuda económica está dirigida a las personas que carezcan de los recursos económicos suficientes para cubrir sus necesidades básicas y que cumplan los siguientes requisitos: 

  • Nacionales de los estados miembros de la Unión Europea, empadronados en cualquiera de los concejos de Asturias o transeúntes en situación de emergencia social; o no nacionales de ningún estado miembro de la Unión Europea, que se encuentren en el Principado de Asturias en situación de residencia regular, así como personas refugiadas y apátridas que tengan reconocida tal condición.
  • Mayores de 25 años de edad, o menores de 25 y mayores de edad, siempre que se encuentre en alguna de las situaciones siguientes:
    • Orfandad absoluta. 
    • Discapacidad reconocida en grado igual o superior al 45%. 
    • Tener menores o personas dependientes a cargo. 
    • Acreditar relación matrimonial o afectiva análoga y permanente. 
    • Ser víctima de violencia de género o doméstica.
    • Finalización de estancia en instituciones tutelares de menores por límite de edad en centros específicos para menores infractores o en instituciones penitenciarias.
  • Acreditar haber residido de forma efectiva e ininterrumpida en el Principado de Asturias, durante un mínimo de dos años anteriores a la presentación de la solicitud. No será exigible el tiempo mínimo de residencia a las personas con ciudadanía española que antes de residir en el extranjero hubiesen tenido su última vecindad administrativa en Asturias, así como sus descendientes. Tampoco se exigirá este requisito a personas procedentes de otras comunidades autónomas por situaciones de malos tratos que sean admitidas en la red de casas de acogida del Principado de Asturias.

Más requisitos:

  • Constituir una unidad económica de convivencia independiente, como mínimo, desde los 6 meses anteriores a la solicitud.
  • Haber solicitado previamente las pensiones y prestaciones económicas vigentes a las que tenga derecho cualquier miembro de la unidad de convivencia, incluido el Ingreso Mínimo Vital. Cuando no se hayan solicitado las prestaciones o ejercitado las acciones correspondientes con anterioridad a la presentación de la solicitud, se requerirá a la persona interesada de la necesidad de acreditar este requisito en el plazo de diez días, con indicación de que si así no lo hiciera se le tendrá por desistida en su petición. 
  • Carecer de recursos económicos suficientes.
  • Comprometerse a acordar el programa personalizado de incorporación social y laboral en un plazo no superior a tres meses.
  • Para las personas integrantes de la unidad económica de convivencia independiente cuya edad, salud y situación familiar les permitan ejercer una actividad profesional, la percepción del salario social se supeditará a la búsqueda activa de empleo. Quedan exceptuadas del cumplimiento de este requisito las personas mayores de sesenta y cinco años y aquellas otras que se determine reglamentariamente.
  • No formar parte de una unidad económica de convivencia en la que ya exista una persona titular de salario social básico, salvo excepciones. 
  • Los requisitos de acceso a la prestación deben acreditarse por parte de todos los miembros de la unidad económica de convivencia, excepto los menores de edad.  

Cuantía del Complemento vital por dependencia o discapacidad

El Complemento vital por dependencia o discapacidad es el 5% de la cuantía que se percibe por el Salario Básico Universal. 

La cuantía del Salario Social Básico de Asturias cubrirá la cantidad para completar los recursos necesarios para subsistir, teniendo en cuenta los ingresos de la persona o la familia. Se establece un básico de 461,72 euros mensuales para una persona sola. En caso de tener familia o personas a su cargo se establecerán montos adicionales por cada miembro. Una persona podrá cobrar 461.72 euros, una familia de dos personas 563,30, de tres personas 637,17, de cuatro 711,04, de cinco 743,37  y de seis o más 761,84 euros.

La cuantía exacta según cada caso se conoce en este enlace. El Complemento vital por dependencia o discapacidad será del 5% de ese valor.  

El Salario Social Básico de Asturias y el Complemento vital por dependencia o discapacidad se pueden percibir sin límite de tiempo siempre y cuando se mantengan las condiciones en las que se otorgó. 

Esta ayuda es complementaria al Salario Social Básico de Asturias.
Esta ayuda es complementaria al Salario Social Básico de Asturias.

Solicitud del Complemento vital por dependencia o discapacidad de Asturias 

El Complemento vital por dependencia o discapacidad de Asturias se solicita al mismo tiempo que el Salario Social Básico. En este otro artículo de Ayuda-Social.es se explica dónde y cómo pedirlo.  

Una vez realizada la solicitud, el Principado de Asturias tiene hasta tres meses para responder. En caso de no hacerlo, el silencio administrativo debe considerarse desestimatorio.  

¿Hay incompatibilidades con otras ayudas?

No, ninguna. No existe incompatibilidad con ninguna otra ayuda o programa. 

Preguntas frecuentes

¿Cómo se pide el complemento vital por dependencia en Asturias?

El Complemento vital por dependencia o discapacidad de Asturias se solicita al mismo tiempo que el Salario Social Básico. Leer más aquí.

¿Cuánto se cobra por el complemento vital por dependencia en Asturias?

El Complemento vital por dependencia o discapacidad es el 5% de la cuantía que se percibe por el Salario Básico Universal. Leer más aquí.

Ahora ya sabes

El Complemento vital por dependencia o discapacidad del Principado de Asturias es una ayuda económica del 5% del valor del Salario Social Básico que pueden solicitar quienes viven con alguien dependiente o con discapacidad y tengan recursos económicos insuficientes.

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Sebastián M.

Sebastián M.

Soy periodista, licenciado en Ciencias de la Comunicación y un apasionado por la escritura que ha trabajado en diversos medios. Colaboro con Ayuda-Social.es para explicar de la manera más sencilla posible cómo acceder a los diversos beneficios sociales.

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