El subsidio en favor de familiares es una ayuda económica de la Seguridad Social dirigida a personas que dependían de un familiar fallecido. Se trata de una prestación temporal, cuyo objetivo es cubrir la falta de ingresos tras la pérdida.
A diferencia de otras prestaciones contributivas, este subsidio ofrece un apoyo limitado en el tiempo y solo se concede a quienes cumplen los requisitos establecidos por la normativa vigente.

Veamos a continuación en qué consiste el subsidio en favor de familiares, quiénes pueden solicitarlo y ante qué autoridades, cuál es la cuantía de la ayuda y qué documentos son requeridos para la solicitud, entre otras cuestiones clave sobre la asistencia social.
Subsidio en favor de familiares
La ley de la Seguridad Social establece distintas prestaciones estipuladas para resguardar a los españoles y españolas ante determinados escenarios, como podría ser la muerte. Entre ellas se encuentran el subsidio de defunción, la pensión de orfandad, el subsidio temporal de viudedad y también el subsidio en favor de familiares, del que hablaremos a continuación.
¿Quieres saber a qué otras ayudas puedes tener acceso?
Usa nuestro simulador y descúbrelo en menos de 5 minutos.
Diferencia entre pensión y subsidio en favor de familiares
Antes de continuar, es importante señalar que el subsidio en favor de familiares no es lo mismo que la pensión en favor de familiares. La diferencia más relevante es que el subsidio se concede de forma temporal, mientras que la pensión tiene carácter permanente o de larga duración, siempre que se cumplan los requisitos legales. Además, ambos tienen finalidades y condiciones distintas, como se detalla a continuación:
| Característica s | Pensión en favor de familiares | Subsidio en favor de familiares |
|---|---|---|
| Duración | Permanente mientras se cumplan los requisitos | Temporal, con fecha de inicio y fin |
| Requisitos | Depende de que el causante tuviera derecho a pensión contributiva | Se concede cuando no hay derecho a pensión o esta es insuficiente |
| Cuantía | Fija según normativa de pensiones | Determinada por ley y puede variar anualmente |
| Naturaleza | Prestación contributiva o asistencial según el caso | Prestación asistencial de carác |

Beneficiarios del subsidio en favor de familiares

Podrán solicitar el subsidio en favor de familiares las hijas e hijos de la persona fallecida, así como sus hermanos, siempre que cumplan los siguientes requisitos:
- Tener más de 22 años.
- Estar solteros, viudos, separados judicialmente o divorciados.
- No reunir las condiciones necesarias para acceder a una pensión.
Además, deberán cumplir todas estas condiciones:
- Haber convivido con la persona fallecida y haber dependido económicamente de ella durante, al menos, los 2 años anteriores al fallecimiento.
- Carecer de medios de subsistencia, es decir, contar con ingresos iguales o inferiores al Salario Mínimo Interprofesional (SMI).
- No tener familiares con obligación y capacidad de prestar alimentos.
- No tener derecho a una pensión pública.
Requisitos del subsidio en favor de familiares
Como todas las prestaciones, incluidas pensiones, subsidios y otras ayudas de carácter asistencial, para poder convertirse en beneficiario, es necesario cumplir con ciertos requisitos. Uno de ellos tiene que ver con el período de cotización, ya que deberá ser acreditado y variará según la situación laboral del fallecido y de la causa de muerte.
- En situación de alta o situación asimilada al alta, tendrán que acreditarse 500 días de cotización dentro de un período ininterrumpido de 5 años inmediatamente anteriores al fallecimiento o 15 años a lo largo de toda la vida laboral.
- En no alta: 15 años a lo largo de toda la vida laboral.
- Pensionistas: No se exige período de cotización.

Cuantía del subsidio en favor de familiares
El subsidio en favor de familiares tiene una duración máxima de 12 mensualidades, con dos pagas extraordinarias incluidas. Su cuantía se calcula aplicando aproximadamente el 20 % de la base reguladora, que puede variar según la situación laboral del causante y la causa de su fallecimiento.
De acuerdo con la información oficial de la Seguridad Social para 2026, las cuantías mínimas por beneficiario son de 286,50 € mensuales, lo que equivale a 3.533,60 € anuales.

Qué se necesita para solicitar el subsidio en favor de familiares

Al momento de solicitar el subsidio se solicitará la documentación que se repasa a continuación.
Acreditación de identidad del solicitante, representante legal y demás personas que figuran en la solicitud, mediante la siguiente documentación en vigor:
- Documento Nacional de Identidad para españoles o pasaporte, documento de identidad y NIE, en el caso de extranjeros residentes o no residentes en España.
- Documentación de la representación legal, de ser necesario.
- Certificación del Acta de Defunción del causante fallecido.
Para la prestación en favor de familiares se requerirá:
- Actas del Registro Civil (o documento extranjero equivalente) acreditativas del parentesco con el fallecido y del estado civil del solicitante.
- Certificado de empadronamiento del Ayuntamiento que acredite la convivencia con el fallecido durante los 2 años inmediatamente anteriores al fallecimiento.
- Certificado de defunción de los padres, si la prestación se pide para nietos/as o hermanos/as del fallecido.
- Acreditación de ingresos (declaración del IRPF, nóminas salariales u otro medio adecuado) del solicitante, de los familiares que convivan con él y de las personas con obligación de prestar alimentos –ascendientes, descendientes y sus cónyuges/parejas de hecho- así como acreditación de identidad y del parentesco con el solicitante (actas de Registro Civil).
Solicitud subsidio en favor de familiares
La solicitud se puede realizar a través del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), o en las direcciones provinciales o locales del Instituto Social de la Marina (ISM), en el caso de trabajadores del mar, a través de las siguientes vías:
- En la Dirección Provincial del INSS o del ISM donde se presente la solicitud.
- Si el solicitante reside en el extranjero, en la Dirección provincial del INSS de la provincia donde se acrediten o aleguen las últimas cotizaciones en España.
- En cualquier registro oficial o con certificado digital, en la Sede Electrónica de la Seguridad Social.

¿Cuándo se extingue el subsidio en favor de familiares?
El subsidio en favor de familiares se extingue por el agotamiento del período máximo de duración, por el fallecimiento de la persona beneficiaria o cuando se comprueba que el trabajador desaparecido en accidente no ha fallecido.
CONSULTA CON UN EXPERTO
Nuestro servicio de asesoría profesional
Te ponemos en contacto con un equipo de abogados y trabajadores sociales a tu disposición para resolver tus preguntas. Sesión de 30 min por solo 35€.
¡No esperes más, obtiene tus respuestas hoy mismo!
Para más información

Para ello, hay que pedir cita previa mediante Sede electrónica de la Seguridad Social o en el teléfono 901 10 65 70 y en el 915 41 25 30.
Preguntas frecuentes
¿Qué es el subsidio en favor de familiares?
Se trata de una ayuda tempora para la familia de una persona que ha fallecido.
¿Qué requisitos debo cumplir para recibir el subsidio en favor de familiares?
Uno de ellos tienen que ver con el período de cotización, ya que deberá ser acreditado.
¿Cuánto dura el subsidio a favor de familiares?
El subsidio en favor de familiares tiene como duración máxima 12 meses.
Ahora ya sabes
El subsidio en favor de familiares es un derecho regulado a través de la ley de la Seguridad Social. Se trata de una asistencia temporal que pueden requerir familiares de personas fallecidas que se encuentren en una situación de necesidad. Se otorga por un período máximo de 12 meses y es compatible con otras ayudas. La solicitud se puede realizar a través del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), o en las direcciones provinciales o locales del Instituto Social de la Marina (ISM).



