Desde noviembre de 2024, los desempleados menores de 45 años sin cargas familiares pueden acceder a un nuevo subsidio. Esta ayuda forma parte del último paquete de reformas del SEPE, una serie de medidas que están incluyendo a colectivos que no estaban contemplados hasta el momento.
El subsidio, que tendrá una duración de seis meses, solo podrá solicitarse tras haber agotado, al menos, 360 días de prestación contributiva por desempleo. En cuanto a las cuantías, su valor superará los 500 euros y se recibirá de forma mensual.
Si quieres saber más acerca de este subsidio y cómo solicitarlo no te pierdas este artículo de Ayuda-Social.es. Aquí te contamos toda la información necesaria para conocer esta nueva ayuda.
¿En qué consiste el nuevo subsidio?
El subsidio para menores de 45 años es una principales novedades de la reforma que entró en vigor el 1 de noviembre de 2024. Esta ayuda está destinada a desempleados menores de 45 años sin cargas familiares, siempre que sus ingresos mensuales no superen el 75% del Salario Mínimo Interprofesional (SMI). No obstante, el subsidio se otorgará una vez que se haya agotado la prestación contributiva.
Cabe recordar que, hasta ahora, solo existía un subsidio para mayores de 45 años sin responsabilidades familiares después de agotar el paro. Sin embargo, la reforma ha modificado esta normativa, añadiendo un nuevo subsidio para menores de 45 sin responsabilidades familiares y ha modificado las condiciones de acceso para mayores de 45 que quieran acogerse al subsidio, de acuerdo al Real Decreto Ley 2/2024.
Requisitos para acceder a esta ayuda
Si tienes menos de 45 años, es posible que puedas solicitar este subsidio. Te contamos cuáles son los requisitos principales para mandar la instancia:
- Estar en desempleo total o con un trabajo a tiempo parcial. Si trabajas a tiempo parcial en varios empleos, la suma de las horas trabajadas debe ser inferior a una jornada completa.
- Haber agotado el paro correspondiente a partir del 1 de noviembre de 2024.
- Suscribir el acuerdo de actividad, lo que implica comprometerse a buscar activamente empleo y participar en programas de formación para mejorar la empleabilidad.
- No tener derecho a recibir el paro, por cualquier otra circunstancia.
- Carecer de rentas superiores al 75% del SMI (850,50 euros en 2024), o, en su caso, acreditar responsabilidades familiares.
- Estar inscrito como demandante de empleo en el momento de la solicitud.
- En algunos casos, si la duración de la prestación contributiva por desempleo fue inferior a 360 días, los solicitantes deberán acreditar responsabilidades familiares para acceder al subsidio.
Duración y cuantía del subsidio por desempleo
El subsidio se otorgará durante un máximo de seis meses y su cuantía variará según el momento de la solicitud:
- El 95% del IPREM durante los primeros 180 días.
- El 90% del IPREM entre los días 181 y 360.
- El 80% del IPREM a partir del día 361 en adelante.
En términos monetarios, la ayuda alcanzará un máximo de 570 euros al mes. Esta cantidad se pagará en mensualidades, siempre que el solicitante cumpla con los requisitos establecidos en el apartado anterior.
¿Cuándo se realiza el pago?
El subsidio se abonará mensualmente, entre los días 10 y 15 del mes siguiente. El pago se realizará mediante transferencia bancaria a la cuenta que el solicitante haya indicado, siempre que sea titular de la misma.
¿Dónde y cómo solicitar el subsidio?
Existen varias opciones para presentar la solicitud del subsidio:
- A través de la sede electrónica del SEPE, el portal oficial de servicios del Servicio Público de Empleo Estatal. Puedes acceder aquí.
- En cualquier oficina del SEPE, tras obtener cita previa. La cita puede solicitarse a través de la sede electrónica del SEPE o por teléfono.
- En las oficinas de registro público o por correo administrativo.
Desde Ayuda-Social.es te recordamos que es muy importante seguir las instrucciones detalladas en la página web oficial del SEPE para evitar errores en la solicitud.
Cambios en la reforma para otros colectivos
Además de los beneficiarios menores de 45 años sin cargas familiares, la reforma también ha flexibilizado las condiciones para otras personas en situación de desempleo. Por ejemplo:
- Las personas de 45 años o más podrán acceder al subsidio tras haber agotado 120 días de prestación contributiva, y también podrán recibir la ayuda durante seis meses.
- Los desempleados con responsabilidades familiares, sin importar su edad, podrán acceder a un subsidio de mayor duración. Si han agotado al menos 120 días de prestación contributiva, podrán recibir la ayuda durante hasta 24 meses. En casos donde el desempleo se prolongue aún más (más de 180 días de prestación agotada), el subsidio podrá extenderse hasta 30 meses.
Si quieres saber más acerca de las novedades que se han implementado gracias a la última reforma de los subsidios por desempleo, no te pierdas esta entrevista de Ayuda-Social.es con el director del SEPE, Gerardo Gutiérrez.
Preguntas frecuentes
¿Puedo solicitar el subsidio después de agotar el paro?
Para solicitar esta ayuda debes haber consumido un mínimo de 360 días de prestación por desempleo. Leer más aquí.
¿Cuánto dura el subsidio?
Este subsidio podrá cobrarse durante un máximo de seis meses desde la fecha de solicitud. Leer más aquí.
Ahora ya sabes
La nueva reforma del SEPE incluye un subsidio para desempleados menores de 45 sin cargas familiares. Esta nueva ayuda les permitirá contar con un apoyo económico temporal mientras buscan empleo o mejoran sus habilidades profesionales. Para solicitarlo, entre otros requisitos, las personas interesadas tendrán que haber agotado una prestación contributiva de 360 días.