Eliminación de la RAI y cambios en los subsidios por desempleo: novedades a conocer

Por Paula T.
Publicado el 10 de diciembre, 2024
Tiempo estimado de lectura: 7 minutos

Desde el 1 de noviembre de 2024, la protección por desempleo en España ha cambiado. La entrada en vigor del Real Decreto Ley 2/2024 establece nuevas normas. Estas afectan a varios subsidios que hasta ahora estaban disponibles para distintos colectivos. Estas modificaciones pretenden hacer la gestión más fácil, pero también implican la eliminación de ciertas ayudas que protegían a personas en situaciones de vulnerabilidad.

La eliminación de algunos programas y la modificación de otros ha generado debate. Sobre todo entre aquellos que hasta ahora contaban con un respaldo económico en situaciones de desempleo prolongado o especial dificultad. Desde el Ministerio de Trabajo y el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) se han publicado instrucciones para explicar cómo se aplicarán estas nuevas normas y qué derechos se mantienen para las personas que solicitaron ayudas antes de la fecha límite.

Eliminación de la RAI y cambios en Subsidios por Desempleo: las novedades del Real Decreto Ley 2/2024
Las solicitudes previas al 31 de octubre de 2024 siguen bajo la normativa anterior.

En Ayuda-Social.es te explicamos qué programas han sido eliminados. También quiénes son los colectivos afectados y cuáles son los cambios más relevantes en los subsidios que todavía están vigentes. La información proporcionada está basada en las últimas directrices oficiales del SEPE.

Eliminación de subsidios y ayudas con el Real Decreto Ley 2/2024

Con la entrada en vigor del Real Decreto Ley 2/2024, se han eliminado algunas ayudas de protección por desempleo. La medida más significativa es la supresión de la Renta Activa de Inserción (RAI) y el Subsidio Extraordinario por Desempleo (SED), que han dejado de estar disponibles desde el 1 de noviembre de 2024. También se han visto afectados otros colectivos como los liberados de prisión que recibían ayudas.

A pesar de estas eliminaciones, quienes hayan solicitado estas ayudas antes de la fecha límite seguirán percibiéndolas bajo las condiciones antiguas. Para los nuevos solicitantes, se plantean alternativas a través del Ingreso Mínimo Vital (IMV). Aun así persisten dudas sobre si esta nueva vía cubrirá adecuadamente todas las necesidades.

La Renta Activa de Inserción (RAI) se suprime

La RAI era un subsidio destinado a colectivos especialmente vulnerables. Por ejemplo desempleados, emigrantes retornados, amas de casa, y víctimas de violencia de género, entre otros.

Desde el 1 de noviembre de 2024, ya no se aceptan nuevas solicitudes para esta ayuda. Quienes hubieran solicitado la RAI antes de esta fecha podrán seguir recibiéndola con las condiciones originales. Es decir, una duración máxima de 11 meses y una cuantía del 80% del IPREM. Sin embargo, el futuro de estos colectivos queda en la incertidumbre, ya que no se ha planteado una alternativa más allá del IMV.

Eliminación del Subsidio Extraordinario por Desempleo (SED)

El SED, que ofrecía un apoyo económico de hasta 180 días a quienes habían agotado otras ayudas por desempleo, se ha suprimido a partir del 1/11/2024. Las personas que ya recibían este subsidio continuarán bajo las condiciones previas, con una cuantía equivalente al 80% del IPREM. Para quienes no lo hayan solicitado a tiempo, la única opción planteada es el acceso al Ingreso Mínimo Vital.

Eliminación de la Ayuda para Liberados de Prisión

Hasta ahora, las personas que quedaban en libertad tras cumplir condena podían acceder a subsidios para facilitar su reinserción laboral. Este tipo de subsidio ha desaparecido con la nueva normativa, dejando a este colectivo sin una ayuda directa. En este caso, también se menciona la posibilidad de solicitar el IMV, pero sin ofrecer garantías de que se mantengan los niveles de cobertura anteriores.

Modificaciones en los subsidios existentes

Además de las eliminaciones, el Real Decreto Ley 2/2024 introduce modificaciones importantes en varios subsidios que siguen vigentes en consecuencia de la afectación de la eliminación de la RAI:

  1. Subsidio para mayores de 45 años: los subsidios destinados a personas mayores de 45 años que agotan la prestación contributiva han sufrido cambios. Aunque la ayuda sigue existiendo, se han modificado ciertos requisitos de acceso, ajustando el umbral de rentas para beneficiar a quienes realmente se encuentren en situación de necesidad.
  2. Subsidio por agotamiento de prestación contributiva: las personas que han agotado su prestación contributiva podrán seguir accediendo a este subsidio con condiciones que limitan la duración y la compatibilidad con otros ingresos. Además, se han endurecido los requisitos para su prórroga, que ahora depende de una evaluación más estricta de la situación económica del solicitante.
  3. Subsidio por cotizaciones insuficientes: este subsidio, que estaba dirigido a personas que no alcanzaban el mínimo de cotización para acceder a una prestación contributiva completa, se mantiene, pero con cambios en los periodos de duración y los criterios de acceso, que ahora serán más estrictos.
  4. Subsidio para emigrantes retornados: este subsidio ha sido modificado para simplificar su tramitación. Se mantienen los criterios específicos para emigrantes que regresan a España. Quienes retornaron antes del 1/11/2024 y estaban en el mes de espera pueden solicitar la ayuda bajo la nueva normativa.
  5. Subsidio para mayores de 52 Años: aunque esta ayuda sigue activa, se han ajustado los requisitos para garantizar que solo accedan aquellas personas que no superen ciertos umbrales de renta. Además, se ha reforzado la obligación de mantenerse activo en la búsqueda de empleo, con controles más frecuentes y detallados.
  6. Subsidio para víctimas de violencia de género: las personas desempleadas que sean víctimas de violencia de género podrán acceder a un subsidio nuevo, manteniendo las condiciones previas a la reforma. Sin embargo, para quienes utilizaban la RAI por esta causa, se deberá estudiar la posibilidad de pasar hacia otros programas de apoyo social o al IMV.

Preguntas frecuentes

¿Qué sucede si tenía suspendida la RAI antes del 1 de noviembre de 2024?

Si tenías la RAI suspendida antes de esa fecha, seguirás rigiéndote por las condiciones anteriores. Deberás presentar una solicitud de reincorporación en un plazo de 15 días hábiles tras el hecho causante de la suspensión. Leer más aquí.

¿Cuáles son los colectivos afectados por los cambios?

Entre ellos, las personas desempleadas, con discapacidad, emigrantes retornados, víctimas de violencia de género o liberados de prisión entre otros. Leer más aquí.

Ahora ya sabes

El Real Decreto Ley 2/2024 introduce cambios en la protección por desempleo en España, eliminando algunas ayudas tradicionales y modificando otras para ajustarlas a un nuevo marco normativo. Estas modificaciones, como la eliminación de la RAI y el SED, han generado inquietud en determinados colectivos que ven afectados sus derechos adquiridos. Si tienes dudas o consultas específicas, no dudes en contactar con el SEPE o dirigirte a una oficina de empleo.

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Paula T.

Periodista. En Ayuda-Social.es me dedico a informar sobre las ayudas sociales disponibles en España, compartiendo recursos y oportunidades para contribuir al bienestar de nuestra comunidad.

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